Apoyamos y garantizamos los términos definidos por el Decreto 540 del 13 de Abril del 2020 con el fin de garantizar el acceso a las Telecomunicaciones en la contingencia por COVID-19.

Confirmamos que a partir del 13 de abril y hasta el 13 de agosto de 2020 los servicios móviles de voz y datos menores a $71.214 antes de impuestos estarán exentos del cobro de IVA.

Si ya es cliente Movistar Empresas podrá ver la aplicación del decreto en su siguiente factura o contactando a su ejecutivo comercial.

Términos y Condiciones

Planes exentos de IVA: Por disposición del Decreto 540 de 2020, los planes de servicios de voz y datos móviles que no superen el valor de $71.214 mes (antes de impuestos), estarán exentos del IVA desde el 13 de abril hasta el 13 de agosto de 2020. Recuerda que en tu factura veras reflejado únicamente el cobro de Impuesto Nacional al Consumo y los demás impuestos a la telefonía de carácter municipal en el caso en que aplique y en la medida que estos impuestos no estén cubiertos por el Decreto 540 de 2020. Conoce el Decreto aquí: https://www.mintic.gov.co/portal/604/articles-126555_Decreto_540.pdf